Nada que celebrar. Mucho que pelear.
Se cumple ahora un año desde que se publicó el texto de la “Reforma (o expolio) Laboral”: Una vuelta
de tuerca más en la precarización de las condiciones laborales que
veníamos sufriendo consecuencia de las anteriores. En ésta se han
modificado sustancialmente
los derechos de los trabajadores con la excusa de “la creación de
empleo”, o más bien de “desempleo”, pues nos ha llevado a 6.000.000 de
parados. La Reforma Laboral ha facilitado el despido de 700.000
trabajadores en 2012. Y si todavía crees que todo esto no va contigo,
conviene recordar algunos de los aspectos más destacables que están
vigentes:
– DESPIDOS MÁS BARATOS PARA TODOS.
La
indemnización por despido improcedente pasa a ser 33 días/año, con un
máximo de 24 mensualidades. También para los contratos firmados antes
del 11/2/2012.
– DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS.
Se
facilita el despido por causas objetivas (con indemnización de 20
días/año, con un máximo de 12 mensualidades). Si la empresa tiene una
caída de ingresos o ventas durante 3 trimestres consecutivos se
considera que “hay causas objetivas”.
– TRABAJOS FORZADOS PARA LOS PARADOS.
La
prestación por desempleo obliga a prestar servicios sociales. Se
propone Plan especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que
impulsa que los desempleados realicen “servicios de interés general”
con la excusa de combatir el fraude. Además, se criminaliza al parado.
– ENFERMAR TE PUEDE COSTAR EL DESPIDO.
Si
un trabajador tiene 9 días de baja por enfermedad en 2 meses la empresa
puede despedirle “objetivamente” (es decir, con 20 días). Además se da
más poder a las mutuas para controlar las altas y bajas de los
trabajadores.
– NUEVO CONTRATO “CHOLLO” PARA EL EMPRESARIO.
Se
crea un contrato para PYMES y “emprendedores” (como ahora se llama a
los patrones) que combina el cobro del salario con el cobro de paro. El
empresario se puede ahorrar un 50% de la prestación que debe cobrar el
trabajador. El periodo de prueba de este contrato será de ¡un año!.
– LIQUIDACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
Los
convenios de empresa prevalecen sobre los sectoriales. Se facilita el
“descuelgue” del convenio para empresas “en dificultades” (con una
definición muy amplia de lo que pueden ser esas “dificultades”). La
ultraactividad de los convenios se limita ahora a un año.
– ERE'S SIN AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
Los EREs NO necesitan autorización administrativa. ERES
también para Administraciones Públicas: El personal laboral de la
Administración puede ser despedido con indemnización de 20 días/ año
trabajado, cuando se produzcan dos trimestres de "insuficiencia
presupuestaria". Y como los presupuestos los hacen ellos:
reforma+recortes+privatización= 219.000 empleados públicos despedidos en
un año.
– FLEXIBILIZACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO.
Los
empresarios tienen la posibilidad de no respetar los acuerdos
alcanzados durante la negociación colectiva. Pueden cambiar las
condiciones laborales del trabajador en aspectos como movilidad
geográfica, horarios, sistemas de rendimiento, etc. Si el trabajador se
niega supone un despido objetivo con indemnización de 20 días/año y 12
mensualidades máximo. TODO EL PODER A LA PATRONAL.
Además
se crea un nuevo “contrato de formación” que subvenciona el empleo
precario para las empresas, se da la facultad de hacer horas extras a
los trabajadores a tiempo parcial (absurdo), se dan nuevas subvenciones a
la empresa...en definitiva, ellos crearon la crisis y ahora quieren QUE
LA PAGUEMOS NOSOTROS.
SI NO LUCHAS POR TUS DERECHOS NADIE LUCHARÁ POR ELLOS.
CONTRA LA REFORMA LABORAL, HUELGA GENERAL
BLOQUE UNITARIO HACIA LA HUELGA GENERAL
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